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Nuestro propósito
Nunca volveremos a ver a todos los que nos faltan, pero su involuntario sacrificio permanecerá para siempre en nuestros corazones y en la memoria de toda la ciudadanía.
Tomamos también la palabra en representación de los que sobrevivieron, de aquellos que aún sufren la pesadilla del golpe cruel que ha marcado sus vidas para siempre y del que difícilmente podrán recuperarse algún día. De esos molestos testigos vivientes del horror.
Nuestro inmenso dolor nos empujó a aunar las fuerzas con el empeño decidido por conocer la VERDAD, la necesidad vital de conseguir JUSTICIA y REPARACIÓN, y el firme propósito de construir la MEMORIA y trabajar por la PAZ
Intervención de Eulogio Paz, presidente de la Asociación 11-M Afectados del Terrorismo, en la jornada en Bruselas de los representantes de las asociaciones de víctimas del terrorismo de la Comunidad de Madrid en el Parlamento Europeo
Intervención del presidente de la Asociación 11-M Afectados del Terrorismo, Eulogio Paz, en el Parlamento Europeo.
Para mí, Eulogio Paz Fernández, presidente de la Asociación 11-M Afectados del Terrorismo, la mayor asociación de víctimas del terrorismo de la Comunidad de Madrid, tiene un significado especial estar en sede europea, en el Parlamento Europeo, el cual a raíz de los atentados yihadistas del 11 de marzo de 2004 (el mayor atentado en Madrid, en España y en suelo europeo) instituyó la fecha del 11 de marzo como el Día Europeo de las Víctimas del Terrorismo.
Por lo tanto, vaya por delante mi recuerdo a todos los familiares de asesinados y heridos en atentados terroristas cometidos en Europa y mi condena expresa del terrorismo.
El terrorismo no tiene ninguna justificación, pero sí es necesario explicarlo. Es necesaria la “comprensión del fenómeno terrorista”.
Aunque la comunidad internacional aún no ha adoptado una definición general de terrorismo, en declaraciones, resoluciones y tratados «sectoriales» universales vigentes relacionados con aspectos concretos del terrorismo, se definen ciertos actos y elementos básicos. En 1994 la Asamblea General aprobó la Declaración sobre medidas para eliminar el terrorismo internacional en su resolución 49/60, en cuyo párrafo 3 señaló que el terrorismo incluye «actos criminales con fines políticos concebidos o planeados para provocar un estado de terror en la población en general, en un grupo de personas o en personas determinadas», y que esos actos son «injustificables en todas las circunstancias, cualesquiera sean las consideraciones políticas, filosóficas, ideológicas, raciales, étnicas, religiosas o de cualquier otra índole que se hagan valer para justificarlos» (OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS “Los Derechos Humanos, el Terrorismo y la Lucha contra el Terrorismo.” Folleto Informativo nº 32).
Así tenemos que, a lo largo y ancho de la historia europea, determinados colectivos han utilizado y siguen utilizando el terrorismo para alcanzar objetivos de independencia, de dominación religiosa, de supremacía racial, de poder político, en definitiva. Terrorismo nacionalista, terrorismo de extrema izquierda, terrorismo de extrema derecha y terrorismo yihadista son los pilares fundamentales del terrorismo a día de hoy.
“La comprensión del fenómeno terrorista” es insuficiente con la sola explicación de “buenos y malos”, con el negacionismo de los conflictos. ¿Los terroristas matan por droga, por dinero, por el placer de matar? No. Hay objetivos políticos, económicos o religiosos, que pueden ser legítimos o no. Por eso, aunque un crimen machista pueda ser más horrendo que un atentado terrorista, no hablamos de “terrorismo machista”. La palabra terrorismo está asociada con la palabra política y lo que hace ilegítimo y condenable al terrorismo es la forma de resolver las discrepancias; esto es, asesinando al diferente, sembrando el terror entre las personas y en la sociedad en su conjunto. La forma de resolver los conflictos sólo ha de ser a través de la política en democracia.
Maneras diferentes de resolver los desacuerdos las estamos viendo recientemente en Europa. Escocia (aunque Gran Bretaña ya no está en Europa) está tratando de resolver su deseo de independencia por la vía democrática y política; no impera un grupo que trate de resolver la situación a través del terrorismo. La propia Irlanda del Norte, que en el pasado sufrió los atentados terroristas del IRA, hoy contempla como sus aspiraciones nacionalistas pasan por refrendos democráticos y no por la actividad terroristas. El reciente atentado terrorista en Estambul, que condenamos de forma categórica, es indicativo de que hay quienes siguen tratando de resolver los posibles conflictos mediante el terror y no por la vía política.
“Tomar posesión de un escaño siempre es preferible a empuñar las armas”, dijo José María Aznar (miembro del Partido Popular) en 1998, cuando era presidente del Gobierno de España, en los días en que ETA existía y asesinaba. Una ETA al que el propio Aznar llegó a llamar “Movimiento Vasco de Liberación”. Una ETA hoy vencida gracias a la presión policial, judicial y social. Una ETA derrotada por el Estado de Derecho.
Javier Maroto, actual miembro del Partido Popular en el Senado de España, en su defensa de pactar con Bildu ha dicho: “No me tiemblan las piernas para llegar a acuerdos con nadie. Y creo que eso es bueno. Ojalá sucediese en más foros. Ojalá cundiese el ejemplo”.
Nosotros también decimos ¡Ojalá! Decimos que ojalá mañana, ¡mejor hoy mismo!, las organizaciones terroristas yihadistas o cualquier otro grupo terrorista existente hagan un comunicado diciendo que dejan de matar, como lo hizo ETA hace ya más de once años. Si los islamistas, cristianos, judíos o creyentes de cualquier otra religión o creencia dejan de matar y se comprometen a predicar su fe o ideario solamente mediante la palabra, no podremos decir que: “lo que no han conseguido matando, no lo van a conseguir ahora”. En todo caso, para afrontar “dichas fes e idearios” está la tarea educativa, el trabajo político, la toma de conciencia de la importancia de una sociedad laica en la que cada cual pueda ser libre de creer en quien quiera sin que la sociedad y el Estado de Derecho se sientan esclavos de dichas “fes e idearios”.
30 de noviembre de 2022
Jornadas de Convivencia 2022
Como cada año, la Asociación 11M Afectados del Terrorismo ha llevado a cabo con los socios las jornadas de convivencia.
Este año hemos organizado una serie de visitas al Centro Memorial de las Víctimas del Terrorismo, coincidiendo con la Exposición Trazos y Puntadas para el RecuerdoExposición Trazos y Puntadas para el Recuerdo en Vitoria que hasta el día 30 de octubre puede visitarse en sus sede.
Durante las jornadas aprovechamos para hacer una visita al memorial a las víctimas de los atentados del 11 de marzo en la ciudad de Vitoria, consistente en una placa junto a un madroño, árbol representativo de la ciudad de Madrid.
Durante la visita contamos con el acompañamiento de la Concejala de Diversidad de Vitoria, Miren Fernández.
En el 5º aniversario de los atentados yihadistas del 17-A
En el 5º aniversario de los atentados yihadistas del 16, 17 y 18 de agosto de 2017 en Alcanar, Barcelona y Cambrils, adjuntamos NOTA DE PRENSA de nuestra Asociación sobre la SENTENCIA DE APELACIÓN DEL JUICIO DE LOS ATENTADOS.NOTA DE PRENSA de nuestra Asociación sobre la SENTENCIA DE APELACIÓN DEL JUICIO DE LOS ATENTADOS.
Invitada nuestra Asociación por el Ayuntamiento de Barcelona el 17 d’agost, a les 10 del matí al MINUT DE SILENCI EN RECORD I HOMENATGE A LES VÍCTIMES DE L’ATEMPTAT DEL 17 D’AGOST DEL 2017, al memorial de La Rambla – Pla de l’Os.
Cuando se produjeron los atentados del terrorismo yihadista en Cataluña los días 16, 17 y 18 de agosto de 2017, inmediatamente nos personamos ante la Audiencia Nacional para la defensa jurídica de las víctimas de estos atentados. Esta labor la hemos podido realizar con el apoyo económico de la Direc- ción General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo del Ministerio del Interior, la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Barcelona y la Fundación Víctimas de Terrorismo.
La Generalitat de Cataluña, a pesar de las varias cartas enviadas y las dos reuniones mantenidas, ha demostrado una total falta de apoyo económico a nuestra Asociación, para nuestros abogados en la defensa jurídica de las víctimas que representamos, que, en definitiva, es lo que importa. En la última reunión mantenida en septiembre de 2021, la Consellera de Justícia de la Generalitat de Cataluña, Lourdes Ciuró i Buldó, quedó en responder a nuestra petición. A fecha de hoy ni tan siquiera se ha dignado en respondernos: la callada por respuesta.
Sobre la Sentencia de Apelación del juicio 17-A
Después de haber analizado detenidamente la Sentencia de Apelación de fecha 13 de julio de 2022, que en lo fundamental mantiene la Sentencia de mayo de 2021 con algunas modificaciones, y considerando que recurrir al Tribunal Supremo no tiene visos de prosperar por falta de nuevos argumentos jurídicos, nuestra decisión es no recurrir la Sentencia de Apelación, ya que además de no conseguir más beneficios de los hasta ahora conseguidos para las víctimas, puede darse el hecho de que las víctimas queden perjudicadas porque al recurrir no podrán recibir las indemnizaciones correspondientes hasta que la sentencia no sea firme y además puede que sea devuelta a la Audiencia con lo que una nueva sentencia puede que sea más perjudicial que la actual.
Tres son los motivos que nos han llevado a tomar esta decisión:
- Los requisitos de un recurso de casación hacen que su naturaleza sea extremadamente rigurosa y se exige que concurran motivos de casación tasados en la Ley. De ahí que sea prácticamente imposible la modificación de los hechos probados o que deba existir una vulneración flagrante de preceptos constitucionales o de infracción de Ley. Ya la Sección Tercera y ahora la Sala de Apelación han confirmado los hechos probados y su valoración jurídica, que, aunque no la compartimos en absoluto, hacen muy difícil una modificación vía Recurso de Casación.
Seguimos pensando que Driss Oukabir y Mohamed Houli Chemlal debieron ser juzgados y condenados como cooperador necesario el primero y como cómplice el segundo de los atentados en Ramblas y Cambrils. Pero todo se torció con el tantas veces denunciado Auto de Procesamiento del Juez instructor, que hizo suyo la Sección Tercera y ahora asume la Sala de Apelación. Es ahora muy difícil que el Tribunal Supremo se aparte de ese criterio.
Hemos conocido en fechas próximas a la publicación de la Sentencia de Apelación, la Sentencia pronunciada en Francia por los atentados terroristas yihadistas cometidos en París y hemos tenido ocasión de analizarla. Utilizando los mismos criterios jurídicos aplicados por el tribunal parisino en su sentencia, estamos convencidos de que las penas a Mohamed Houli Chemlal y Driss Oukabir hubiesen sido más graves. - Los motivos de un eventual Recurso de Casación se basarían exclusivamente en esta cuestión, es decir la responsabilidad penal por asesinatos y lesiones terroristas de Driss Oukabir y Houli Chemlal. La posible nulidad del Auto de apertura de juicio oral al no incluir los asesinatos y la expulsión de nuestras pretensiones de condenas, ya en Sentencia, sin valorar las abundantes pruebas en su contra que permitían sostener esta acusación.
Como la Sala Segunda del Tribunal Supremo no puede llevar a cabo esa condena, en el caso que estimara los motivos, se nos presentaría un escenario no deseado, que es retrotraer las actuaciones al momento de dictar Sentencia por la Sección Tercera, para que dictara nueva Sentencia contra la que cabría nuevo Recurso de Apelación y contra la sentencia de apelación, nuevo recurso de casación, lo que dilataría en años la firmeza de la Sentencia y el cobro de las indemnizaciones a las víctimas reconocidas en Sentencia y que aún no las han percibido porque el Ministerio del Interior dice esperar la firmeza de la Sentencia para proceder. - Creemos que las víctimas no salen perjudicadas por esta difícil decisión. Al contrario, no hubiéramos dudado ni un minuto si creyéramos que el recurso de casación les beneficiaría. Una eventual estimación sólo les afectaría en saber que Driss y Houli cumplirían prisión permanente revisable, pero no a su reconocimiento como víctimas del terrorismo ni a las cuantías de las indemnizaciones, que deberían aún esperar varios años más. Y no queremos contribuir a esa injusticia con las víctimas que o bien no están reconocidas o bien no han percibido sus indemnizaciones.
Hemos valorado criterios técnicos sobre la viabilidad del posible Recurso y se ha descartado por motivos técnico-jurídicos sobre la procedencia. En modo alguno supone asumir los criterios de la Sala de Apelación ni renunciar a nuestros postulados, sólidos y bien fundamentados. Simple y tristemente, nos vemos encorsetados por los requisitos de un Recurso de Casación desde el punto de vista de una acusación como la nuestra para obtener una casación que podía tener consecuencias perniciosas para las víctimas que representamos. Y a ellas nos debemos y por ellas trabajamos y es lo que hemos creído más conveniente para sus intereses.
Por supuesto que deseamos el mayor de los éxitos a las otras acusaciones particulares que sí han preparado recurso de casación. Nuestra Asociación se personará en la Sala Segunda del Tribunal Supremo y no nos apartamos del procedimiento, entre otras cuestiones para poder impugnar y rebatir los recursos de las defensas de los condenados que, aún pretenden no sólo salir mejor librados, sino su absolución.
Además, ya hemos solicitado reunión con la Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo del Ministerio del Interior para conocer en el ámbito administrativo la situación de las víctimas que representamos, así como para buscar y encontrar soluciones.
Y seguiremos trabajando, ya sea en la ejecución de la sentencia, ya sea en los órganos y tribunales contencioso-administrativos si llega el caso, hasta conseguir que todas las víctimas que representamos consigan el reconocimiento que se merecen.







