• La Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales, del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, nos ha obligado a pagar 51.538,09 € y ahora exige otros 14.313,47 € en concepto de intereses.
  • Estos importes corresponden a una subvención del año 2013 auditada favorablemente por un auditor externo.

En 2012, el entonces Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad, publicó una convocatoria de subvención a “entidades en defensa de las víctimas de terrorismo” para incurrir en gastos de 2013, adjudicándose a la Asociación una subvención de 49.500,00€.

En febrero de 2014 remitimos al Ministerio la correspondiente justificación de la subvención, consistente en el informe favorable de un auditor de cuentas externo certificando que se había cumplido con los fines de la convocatoria y los fondos recibidos habían sido correctamente destinados a los fines solicitados, junto con las Memorias explicativas de actuación incluyendo la relación detallada de los gastos incurridos, así como el resto de documentación requerida en la convocatoria.

Nada menos que tres años después, y pese al informe favorable del auditor, el Ministerio requirió a la Asociación los documentos originales de los gastos de la subvención, que fueron entregados. Y no es hasta cuatro años más tarde, en febrero de 2021, cuando el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2020, sin poner en duda la correcta ejecución del programa subvencionado, nos requiere el reintegro de 42.494,36€ al no aceptar los justificantes de gasto en los que no figura el sello de imputación a la subvención, denegando la posibilidad ofrecida por la Asociación de subsanar el defecto, meramente formal.

Recurrida la resolución en vía administrativa y estando suspendida la ejecución del reintegro a solicitud de la Asociación, sorpresivamente la Agencia Tributaria dictó y nos notificó una Providencia de Apremio exigiendo el pago con un recargo del 10%, que elevaba la cuantía a devolver hasta los 46.743,60€, en pleno periodo vacacional del mes de agosto y con el recurso aún sin resolver.

Alarmados por las graves consecuencias de esa exigencia tan inminente como improcedente del pago, además de impugnarla inmediatamente contactamos con el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, en la persona del Subdirector General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales, que reconoció el error cometido, nos pidió disculpas, se comprometió a emitir cuanto antes el certificado acreditativo de la suspensión que le solicitamos para tratar de anular la providencia de apremio e, incluso, nos instó a no formalizar el pago. Sin embargo, después de semanas de infructuosa espera y de insistentes intentos de contactar con él o algún otro responsable, terminó retractándose y negándonos el certificado prometido y que, por ley, están obligados a emitir.

E inmediatamente, el 6 de octubre, tuvimos conocimiento del inicio del procedimiento de embargo de créditos por parte de la Agencia Tributaria, sin estar resuelto ninguno de los recursos presentados. Situación que nos forzó a proceder al pago por un importe total, incrementado por recargos acumulados, de 51.538,09€, liquidando el total de la deuda salvo los intereses del principal, que han sido objeto de una reclamación posterior y recientísima, por un importe de 14.131,47 € para cuyo cálculo se han computado los siete años que el Ministerio ha tardado en resolver desde que le entregamos la documentación justificativa de la subvención, y que nos imputa a tan alto precio.

El perjuicio que nos ha ocasionado la intolerable actuación del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y de la Agencia Tributaria es extraordinariamente grave. Su incumplimiento de los plazos y los procedimientos legales que les obligan ha desembocado en la emisión de una Providencia de Apremio ilícita, sumando recargos a la deuda reclamada cuando el procedimiento de exigencia de pago se encontraba suspendido por aplicación del art. 117.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al haber sido solicitada la suspensión con ocasión del recurso presentado contra la Resolución de Reintegro dentro del periodo voluntario de pago y no haber contestado la Administración en plazo, por lo que se entiende acordada la suspensión por silencio administrativo desde el 24 de mayo de 2021. La Providencia es de 7 de agosto, con la suspensión en vigor. Por tanto, es nula de pleno Derecho.

Esta circunstancia, reconocida expresamente como un error por el Ministerio que no ha querido, podido o sabido reparar, nos ha obligado a afrontar el pago con inmediatez y, además, indebidamente incrementado, para evitar los embargos de créditos ordenados por la Agencia Tributaria a entidades vinculadas con la Asociación, lo que nos ha ocasionado un daño reputacional, adicional al económico, difícilmente reparable.

No hay que olvidar que el origen de estas incongruentes, desproporcionadas y sangrantes actuaciones radica en el “delito” de no haber estampillado unos documentos (poner un sello con el nombre de la subvención y el importe imputado), pese a estar acreditada la adecuación de los fondos a los fines de la subvención por la auditoría externa y por el propio Ministerio.

Los recursos administrativos y judiciales presentados serán resueltos tarde. La situación a la que han condenado a la Asociación las dos administraciones es extrema. No podemos hacer frente a las actividades pendientes de realizar antes de final de año por falta de recursos. No podemos atender ninguna de las ayudas médicas, sociales, etc. a las víctimas, consultas psicológicas, la Exposición Trazos y Puntadas para el Recuerdo, la participación en actos para la Memoria del 11M y del resto de atentados terroristas. No podremos continuar interviniendo en los procesos jurídico‐ penales en los que somos parte en la actualidad (juicio de los atentados de Cataluña, seguimiento y control de los condenados por el 11M, etc.), así como en los procesos jurídico‐administrativos (agravamientos de secuelas, reclamaciones de indemnizaciones, entre otras de la Comunidad de Madrid por no empadronamiento, etc.) … En definitiva, la Asociación se ve abocada al cierre.

Somos una Asociación de víctimas de terrorismo a la que ninguno de nosotros quisiéramos pertenecer porque nunca quisimos que pasase lo que pasó. Nuestra actividad es la ayuda a víctimas de terrorismo, para lo cual recibimos subvenciones públicas finalistas de diferentes Instituciones, destinando absolutamente todos los recursos que recibimos a estos fines, que están indicados en nuestros Estatutos.

Después de 17 años trabajando para víctimas de terrorismo, lo que algunos llevan muchos años intentando, haciéndonos pasar por situaciones muy duras y difíciles, tanto económicas como de todo tipo, terminarían por conseguirlo. Siempre nos han considerado molestos y verían cumplido su deseo de nuestro final, de la desaparición de la Asociación 11‐M Afectados del Terrorismo, recurriendo para ello a cualquier maniobra, incluso la más ruin.

Ver toda la información ampliada