El 08.03.06, le ha sido notificada a las procuradoras de la Asociación 11-M Afectados del Terrorismo una providencia dictada por el Juez Instructor del Sumario 20/04 Juan Del Olmo, mediante la cual:

  1. Se nos requería para acreditar en un plazo de 72 horas la condición de perjudicados en los atentados del 11 de Marzo de 2.004 o de 3 de Abril de 2.004, de 113 afectados, advirtiendo que en el supuesto de no poder acreditar dicha condición se les tendría a todos por desistidos.
  2. Se admitía la personación como Acusación Particular de 57 heridos directos en los atentados.

De estas 113 personas cuya condición como perjudicados ha sido cuestionada por el Juzgado Central de Instrucción, 69 son familiares directos de fallecidos (hijos, padres, hermanos y cónyuges o parejas de hecho), 15 heridos y 22 familiares de heridos.

El 09.03.06 se ha emitido una segunda providencia, con fecha de 08.03.06, corrigiendo la del 03.03.06, mediante la cual se admite la personación como Acusación Particular de 39 personas más: treinta padres de asesinados; una viuda y sus dos hijos, dos hermanas de una mujer asesinada y cuatro heridos. Destacamos que el Juez Del Olmo en ningún momento ha reconocido el error cometido en la providencia del 03.03.06, ni tampoco ha pedido disculpas a las víctimas a las que afectaba este error, y para ello utiliza la siguiente expresión: en pro de que se simplifiquen los requerimientos realizados….

Esta Asociación ha elaborado un listado, que se adjunta al presente comunicado, en el que constan las personas cuya condición de víctima se ha puesto en duda por el Juzgado y su relación de parentesco con las personas heridas y asesinadas. Destacamos que la mayoría de las personas que aparecen en estos listados han pasado por el Juzgado para acreditar su condición de víctimas, por lo que resulta absolutamente incomprensible que se haya dudado de su condición como perjudicados.

El equipo de abogados de esta Asociación está preparando un Recurso de Reforma contra la providencia del 03.03.06 y la del 08.03.06, a la que se adjuá parte de la documentación que se nos ha requerido, libros de familia, certificados de defunción y partes médicos.

Destacamos que esta asociación no tiene la obligación legal de acreditar la condición de perjudicados de las personas que se han personado con nuestro equipo jurídico como acusación particular. La Ley de Enjuiciamiento Criminal dispone que las acusaciones particulares no tienen la obligación de acreditar la condición de perjudicados hasta el momento de la calificación provisional de los hechos. El único motivo por el que se va a cumplir con el requerimiento del juzgado, es para que no se ponga en duda la condición de afectados de nuestros asociados.

Resulta difícil explicar el impacto que ha tenido el contenido de las dos providencias referidas en los afectados, y el temor que ha surgido en muchos de ellos de quedarse fuera del procedimiento, sin poder ejercer su derecho a reclamar justicia en memoria de aquellos a los que perdieron en los atentados o en su propio nombre como heridos.

No se ha podido elegir un momento más inoportuno para dictar la providencia a la que nos venimos refiriendo del 03.03.06. Queremos destacar que el vencimiento del plazo de 72 horas que se nos ha dado para acreditar nuestra condición de perjudicados coincide con el 11 de marzo, fecha en la que nuestras vidas y las de los nuestros quedaron rotas.

Como ya se ha puesto de manifiesto por parte de esta Asociación, queremos hacer constar que detrás de cada uno de los nombres recogidos en la providencia hay una persona que resultó herida, que perdió a un familiar cercano o una persona que durante dos años lleva acompañando a un familiar lesionado.

Podemos llegar a entender que se nos requiera para acreditar la condición de perjudicados de los heridos que no consten en la base de datos que el Ministerio del Interior le ha proporcionado al juzgado, así como de algunos de sus familiares, pero lo que resulta de todo punto inadmisible es que se nos requiera para acreditar la condición de perjudicados de hijos, padres, madres y hermanos de personas que murieron asesinadas en el atentado del 11 de marzo.

La angustia vivida en el día de ayer, 08.03.06, por los padres, los hijos y las viudas de asesinados, y los heridos a los que se requirió para acreditar su condición de perjudicados, no ha quedado mínimamente resarcida con la rectificación emitida por el juzgado en el día 08.03.06.

Desde esta Asociación pedimos que se tenga una sensibilidad imprescindible con las víctimas por parte del Instructor, que debe de ser consciente del daño que produce: lo que para él es un mero papel, para las víctimas es JUSTICIA. Aprovechamos para exigir que pida públicamente disculpas.